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Historia de Villapalacios.
Cronologías. Siglos XVI

 

 

d Hechos ocurridos en Villapalacios o que afectan a su historia a lo largo de los XVI.

 

d

Lucha entre un caballero y un infante. Catedral de Teruel

 

1501
Leonor de Acuña, II Condesa de Paredes, estando gravemente enferma en su villa de Villaverde, de carnes, é sana de la voluntad, asistida por su cuñado, Rodrigo Manrique, Comendador de Yeste y por su hija, doña Inés, Señora de Cartagena, ordena que hagan su testamento

"...yo estoy muy agravada, è ocupada de esta dolencia de que estoy enferma, en tal manera, que no puedo tan entera, è perfectamente reducir à mi memoria las cosas que son necessarias, para disponer de las cosas mundanas, è temporales, ni en ellas me ocupar, por no dexar, ni me apartar de las cosas divinas, que son en vida perdurables, ni podria bien aclarar, por razon de la nombrada ocupacion: y por que la muerte me podria ataja ..."

Con acuerdo de Fray Juan de Castrillo, su confesor y Frayle de la Orden de San Francisco. Esta escritura la otorga en la mi Villa de Villa-Verde de Entrambas Aguas, el 16 de agosto. El 22 de septiembre se reúnen en Villapalacios los dos encargados de redactar el testamento y se menciona que la Condesa ya ha muerto. Lo primero que se ordena es que se entierre en el convento de la Villa de Uclés, en la capilla junto a su marido el Conde Don Pedro, pero que sino pudiese ser llevada que se colocara en el Monasterio de San Franciso de su villa de Villaverde (cosa que ocurrió como se ve en el testamento de su hijo). Se ordena que su cuerpo sea envuelto en un hábito de San Francisco. Mandan a la Capilla de Uclés, los ornamentos, è atavios de su Capilla, con el Caliz chiquito, que tiene sus Armas. Mandan otras cálices a Santa María de Guadalupe y a Santa María de los Angeles, en Córdoba. Y mandan

"...a la Casa, e Monasterio de San Francisco de Villa Verde 10 µ maravedis, los quales sean para ayuda à acrecentar la Capilla Mayor, con un cofre de los encorados Valencianos, para tener los ornamentos. Otro si mandamos à la Casa, è Monasterio de San Francisco de Alcaraz 5 µ maravedis, è otro cofre de los encorados Valencianos, para tener los ornamentos. Otro si mandamos, que todo el azeyte que estuviese en su casa de Villa-Palacios, que los partan el Monasterio de San Francisco de Villa-Verde, è la Iglesia de la dicha Villa de Villa-Palacios, para que se alumbren los Sagrarios. Otro si mandamos, que todas las cosas, assi de ropa de cama, como de otras qualesquier cosas que huviere en su casa de Villa-Verde, donde la dicha Señora Condesa solia posar, assi de vasijas, como de azeytes, è maderas, que sean para el Monesterio de la dicha Villa de Villa-Verde. Otro si, mandamos à la iglesia de Villa-Palacios dos alhombras, para el Altar Mayor, è de nuestra Señora. Otro si, mandamos al Hospital de Señora Santa Ursola, de la dicha Villa de Villa-Palacios 5µ maravedis, para que le compren alguna renta, para el reparo de la Casa: è assimismo le mandamos su cama la pequeña, en que ay quatro colchones, los dosblancos, è los dos azules, è un par de sabanas, è su manta, è colcha, è almohadas, è cama, è dos calderas, la una grande de las de Murcia, è la otra pequeña. Otro si, mandamos al Hospital de Señor San Benito de su villa de Bien-Servida, otros 5 µ maravedis, para que le sea comprada alguna renta para el reparto de la Casa".

Manda a su hija paños, vestidos y libros de rezo. Y por ultimo da la libertad a 19 esclavos y les hace ciertos legados. Manda fundar una Capillania perpétua en la Capilla de Uclés, por las almas de la Condesa y del Conde, dejando el patronato a su hijo Rodrigo y sus sucesores.

Vuelven a mencionar que si no se pudiese enterrar en Uclés, por no poderlo hacer ninguna mujer, se deje en Villaverde,y que sus albaceas manden dar alguna ayuda para ensanchar o alargar la Capilla Mayor donde la dicha señora está.

Dicen que den a Diego de Montañés, demás de lo que la dicha Señora Condesa le dio 2µ maravedia, para cumplimiento de su cabalgar.

"...Mandamos, porque la dicha Señora Condesa mandó traer à Alvaro de Madrid, de Flandes una imagen de nuestra Señora, quele sea buelta, ò la paguen lo que valiere..."

"...Declaramos que los bienes del Mayorazgo que hicieron el Señor Conde y la Señora Condesa Doña Leonor de Acuña, son los siguientes: la Villa de Villa-Palacios, con sus vasallos, è fortaleza, è rentas, è pechos, e derechos. Otro si, unas casas principales enque la dicha Señora Condesa vivía en la dicha Villa, que an por linderos las calles alderredor de ella, con una casa suya à la una parte. Otro sí, otra casa que era de los Claramontes, que an por linderos, de la una parte, casa de Alonso de Vitoria, è de la otra parte, casas de Juan de Busto, è de la otra parte, las calles publicas. Otro si, las casas en que vive el Secretario Gonçalo de Alcaraz, que eran de Pedro Diez de Ayllòn, que à por linderos: de la una parte, Gonzalo Lopez Fajardo, è de la otra, Pedro Gonzalez: è de la publica. Otro si, la casa en que vivia la de Diego Fernandez de Benavente, que an por llinderos, de la una parte, Pero Navarro, e de la otra, Martin Lopez Vallòn, e de la otra Gonçalo Mateo, e de la otra la calle publica. Otro sí, la casa que se ovo de Diego Lopez Portero, e de Julian, que estan juntas, que han por lineros: de la una parte, las casas de Palacio, ede la otra la calle, e el Egido. Otro si, otras dos casa, que son enfrente de la puerta de Palacios, que an por linderos, de la una parte la muger de Fernan Martinez de Riopal, e de la otra parte, la de Rodrigo hidalgo, e de la otra parte la calle. Otro si, dos herrerales par alcaceres, el uno junto con la puertade la Fortaleza, e el otro à las espaldas de la Fortaleza. Otro si, una guerta con arboles, e parras para ortaliza, que an por linderos, de la una parte, tierra de la dicha Señora Condesa, e de la otra, guerta del Maestre -Sala, rodrigo de Camargo, e de la otra parte el camino Real, e de la otra el rio. Otro si, un pedazo de tierra, que cabe de sembradura cinco fanegas , que an por linderos, de la una parte el camino Real de la Puente, e de la otra Juan de Radas, e de la otra el egido, e de la otra el rio: tiene esta tierra un barranco por medio. Otrosi, otro pedazo de tierra, que cabe de sembradura fanega, e à media, e an por linderos la guerta de la dicha Señora Condesa, e el camino Real à las dos partes, e à la ondona la el rio. Otro si, la villa de Bien-Servida, con la torres, e vasallos, e rentas e pechos e derechos. Otro si, la Villa de Villa-Verde, con la torres, e sus vasallos, e pechos, e derechos. Otro si, las casa de Palacio, junto con la torre en que posava la dicha Señora Condesa. Otro si, las casas nuevas donde vive el casero, e està la bodega, e cavalleriza. (refiere luego muchas casa, guertas, viñas, y hazas en la dicha Villa, y su termino, y prosigue) ..."

También mencionalas Salinas de Cotillas, que eran del marques de Villena, en el termino de Alcaraz y cercanas a Villaverde. Las heredades del Salobre, términos de Alcaraz, casa, huertas, hazas y viñas en el Salobre, una sierrade agua en el río de la Salobreja, en la villa de Segura, y cerca de Siles. La composición del mayorazgo eran bienes inmuebles en la forma de señoríos, tierra yjurisdicción, casas, y en menormedida rentas.

El testamento fue hecho en Villapalacios el 1 de octubre de 1501.

1503
Alvaro de Madrid, nieto del Comendador del mismo nombre, e hijo de Sancho de Madrid, vecino de Villamanrique, reclama a Rodrigo Manrique (III Conde de Paredes) su parte por la venta. Se determina que pague el Conde 50.000 maravedis y un potro, según escritura hecha a 17 de mayo en Villapalacios, ante Alvaro de Villena, escribano público.

"... Que por cuanto a él pertenecía la quinta parte de Villapalacios, por fin de su padre, y la dicha villa se había vendido al señor Conde de Paredes don P. M., difunto, en lo que a él perteneció por la quinta dicha parte, le fuese entregado, aunque su tutor lo recibió. Y habiendo acudido él al Magnífico Sr. Conde de Paredes, le había respondido no sabía de ello nada, y que poseía la dicha villa y otras que compró su padre, como su hijo heredero, sin estar obligado a cosa alguna de los que le pedía. Pero que si en ello vinieses, él, por descargo del alma del Conde su padre, lo pondría al arbitrio de persona de ciencia y conciencia, por cuya determinación se estuviese. Lo cual aceptó el dicho Alvaro de Madrid, y la tal persona declaró, que por este derecho y otro cualquiera, le diese el Conde un potro y 50.000 maravedis, los 10.000 el mismo año 1503 y los 40.000 restantes en los primeros ocho años..En virtud de los cual dice que besó las manos al conde y le daba por libre y quitó de cualquier derecho que pudiese tener a la dicha quinta parte de Villapalacios y contra su señoría del dicho Conde, y se obligó a no pedirle nunca cosa alguna de ello, debajo de ciertas penas..."

1506
Inicio del pleito con Alcaraz sobre jurisdicción de términos, que se desarrolla hasta 1567, con el Conde Antonio Manrique, V C. de P.Motivado por la falta de claridad y precisión de la Carta de Juan II

Según Alcaraz el Conde sólo tiene jurisdicción dentro de las villas y no en el término, sólo en los vasallos y casco habitado de las villas, sin poder para ejercer justicia o prender delincuentes más allá de las últimas casas (de tejas a dentro, y no en los términos decimales) .Los huertos eran jurisdicción de Alcaraz y si los súbditos salían a buscar leña, pastar ganado o cultivar parcela, era un delito punible de castigo. Según el Conde, la ciudad de Alcaraz perturba y no deja actuar.

No hay mojonera que delimite los términos de las villas con Alcaraz a principios del siglo XVI que deslindara los términos con respecto a esta ciudad.

1509
Isabel Fajardo, primera esposa de Rodrigo Manrique III Conde de Paredes, realiza su testamento el 4 de febrero. Manda ser enterrada en la Iglesia de Santa Olalla, en Paredes, o donde su marido ordenase, con el hábito de San Francisco. Manda

"...à San Sebastián, Iglesia de Villa-Palacios, una casulla, y dalmaticas de terciopelo leonado, y la casulla con una zanefa de brocado de blanco raso, ò de brocado pordorosa, son su alva de media olanda guarnecida con damasco banco leonado, y con su amito de media olanda, guarnecido de lo mismo, con su estola, manipulo, y cinta: y la estola, y manipulo, sea de tercio pelo leonado, y las dlamaticas sean guarnecidas de los retazos de damasco blanco, ò pardo, ò verde, de lo que mejor les paresciere, y pongan mis Armas en la casulla, dalmaticas, y alva. Iten, mando mas, para esta dicha Iglesia de San Sebastian un frontal para Altar Mayor, de damasco leonado, con una Cruz de brocado raso, de las misma color de la zanefa de la casulla, y que lleve la Cruz su pie de unos jaqueles de brocado, de lo mismo que la Cruz, y sus caydas de tercio pelo leonado, y con sus flocaduras leonadas, y verdes, y su sabana de Altar de media olanda, y su Ara, Corporales, y de los palios de mi Capilla una. Iten, mando al Hospital de la Villa de Villa-Palacios, que es de Santa Ursula, 10 µ mrs. para la obra del dicho Hospital, y sea principal el reparo de las camaras donde están los pobres, y duermen, y mas lo otro que mas necessario fuere repararse. Iten, mas le mando à este dicho Hospital de Santa Ursula, una cama, en esta manera: tres colchones de los de mi cama, de los mas nuevos, y uno de lino, con su lana, llenos, y su colcha de bretaña, y su manta, flazada, una de las que en mi casa oviere, de las mas nuevas blanca, con las quatro sabanas de lino delgado, y quatro almohadas de nabal, llenas, con su lana: la qual cama mando que sea para los Religiosos de todas las Ordenes que alli hubiere, y Clerigos, ò qualquier otra persona honrada: y que si las tales personas en el Hospital adolescieren, todos los dias que en él estovieren estèn en ella, porque es mi voluntad que para ello sea. Iten, mando al Monesterio de Santa Maria de Corpus Christi de Villa-Verde, para las obras de dicha Casa, y que en otra cosa no se gaste, siempre en ellas 20 µ mrs. de los quales mando, que lo primero que con ello se hagà, ò repare, sea el dormitorio y la Iglesia alargandose, y que se hagan dos confessorios: y si para esto no fuere menester, siendo todo bien reparado, gastese en las obras mas necessarias del Monesterio. Iten, mando para este dicho Monesterio de Villa-verde, un ornamento entero, capa, casulla, dalmaticas, alvas, estoles, y manipulos, y sea la capa de aceytuni verde, con zanefa, y capilla, de lo que mejor pareciere à mis cabezaleros, guarnecida la casulla, dalmaticas, azul, y la zanefa de la casulla, y la guarnicion de los retazos de las daltimas, y cordones, y borlas, como pareceire à mis cabezaleros: estolas, y manipulos, y guarnicion de amito, sea de el mismo tercio pelo azul, y las alvas, y amitos sea media olanda. ... Otro si mando, que se vistan 30 pobres, la meatad hombres, la meatad mugeres, en esta manera: doze en Paredes, seis en Villa-Palacios, seis en Bien-Servida y seis en Villa-Verde: y à cada uno de los hombres se les dè un capuz, sayo, y jubon, camisa, y bonete, calças, y zapatos de burièl, y donde no huberie burièl, sea de paño, en el mismo precio de burièl, y las camisas de lino, ò cañamo, sino hubiere lino: y à las mugeres les dèn de vestir de esta manera: mantos de burièl, ò paño negro en el mismo precio, y sayas de lo mismo, con sus manguas, y sus camisas de lino, ò cañamo, sino hubiere lino, y sus tocas, y zapatos... Pide que estos hombres y mujeres sean ... personas envergonçadas, que se ayan visto en honra, y personas honestas en su vivir..."

Acaba reconociendo a sus hijos: Pedro, el heredero, Johan, Rodrigo, Leonor, Loisa, Isabel, Mencia y María, como los legítimos y herederos. Su marido al morir reconocería 32 entre legítimos, bastardos e ilegales.

1513
El 3 de diciembre sentencia en Madrid a favor del Conde Rodrigo Manrique sobre el pleito de los términos con Alcaraz. En ella se fija que hasta donde estén fijadas las horcas de las villas, ni más ni menos. Los guardas y caballeros de Sierrasi pueden prender a los habitantes de las villas. Diego de Sotomayor presentó una reclamación en nombre de Alcaraz, no aceptando la sentencia. Alonso Romano por el Conde alega en contra de la segunda parte de la sentencia.

1526
El 5 de diciembre Rodrigo Manrique, que no gozaba de buena salud, decide ceder y traspasar a su hijo, Pedro Manrique, del Condado de Paredes, con sus vasallos, términos, fortaleza, munición, armas e tiros, e defecciones, e con toda juredicion, cevil, e criminal, alta, e baxa, mero e mixto imperio, e con todas las sernas, e viñas, e casas, e con todos los derechos de caza, e pesca de la dicha Villa, con surentas, a alcavalas, e tercias, e pedido de Março, con todo su Señorío y heredamientos..., con la reserva de que si su hijo muriera antes que él, todo volvería a Rodrigo Manrique, y la retendría, junto con la tutoría de su hijo mayor, hasta que cumpliera 25 años (de hecho ya llevaba diez años realizando esta labor). Lo realizó ante Diego Mazo, escribano de la villa, y ante Juan de Nogal, escribano de los Reyes Católicos. Ya estaba casado Pedro Manrique con Inés Manrique.

Pese a la donación, sigue conservando la encomienda de Alhambra. Salazar y Castro dice que no fue Trece de Santiago, tal y como afirman algunos de sus descendientes.

Se retira a Villapalacios y Villaverde, donde residía habitualmente, por encontrarse en territorio más templado, y más acomodados a su salud.

"... e como yo en la dicha Villa no puedo residir, aviendo mi edad, e indisposicion, e mi enfermedad, e passiones que tengo: e que descargando con vos, seria proveer à la salud de mi anima, e del cuerpo, por me quitar en lo que podiere, e n egociare, e cargos, por mas saludabremente poder entender en los descargos de mi conciencia..."

El 18 de diciembre Pedro Manrique, dentro de la fortaleza de Paredes firma un acto de obligación hacia su padre, tras cederle éste el Condado de Paredes.

1536
El 1 de enero Rodrigo Manrique otorga testamento y muere el día 6, siendo sepultado junto a su mujer, Isabel Fajardo, en el convento de Santa Maria de Corpus-Christi de Villaverde, de ambas aguas, de la Orden de los Menores. Manda en el testamento que se le coloque el manto de la Orden de Santiago, y todas las ceremonias que dispone la Orden. Dispone que se coloque su tumba,

"...con la Condesa Isabel Manrique mi muger, en el mismo lugar que agora està, quedando siempre de mi Señora, y madre la condesa Doña Leonor de Acuña, su tumba enmedio de la Capilla, como agora està.... se digan por nuestras animas de las personas que en aquella Capilla Mayor del dicho Monasterio estàn, è sean las Missas de Requiem, cantadas, ò rezadas. Manda que le lleven al dicho Monasterio ofrenda de pan, è vino, un año, è den à la persona que lo llevare 2 µ maravedís è sea pobre, è buena... Item mando, que se digan en el Monasterio de Villaverde tres treintanarios abiertos, por mi anima, è las de mis difuntios... Item mando, que en la Iglesia de Villa-Palacios otros dos treintanarios abiertos, è sean pagados por ellos 1µ 500 maravedis... Iten, mando à la Iglesia de Villa-Palacios, para lo que mas lo oviere menester, 5 µ maravedis. Iten, mando a la de Bien-servida 3µ mrs. Iten, mando à las Iglesias de Villaverde, è Riopal, è Cotillas, à cada una, 2µ 500 mrs. Iten, mando para ayuda à libros al Monasterio de Villaverde 10µ mrs. Iten, mando à cada una de mis Villas 2µ mrs. para ropa à las camas: è que para cumplir esto, tenga particular cargo el Beneficiado de esta mi Villa de Villa-Palacios, Juan Lopez. Item mando, al Monasterio de Villa-Verde toda mi Capilla, ornamentos, imágenes, è plata que tengo, è mi estudio. Iten mando que se dè al Monesterio de Villa-verde, un ornamento de raso blanco, ò damasco con sus almaticas, todo guarnecido de terciopelo azul, para los dias de muestra Señora. Iten, mando mi casa, la que està cabo la iglesia, que à por linderos la casa de Hernan Gomez, en que vive el Mayordomo, para la Iglesia de Villa-Palacios, para que se haga la Capilla de la dicha Iglesia: y si non se hiciere la dicha Capilla, que sea para posada de Frayles., è quese ponga un casero, è aderesço de ropa para dos camas, è de mesa, è vedriado, è manteles, è panizuelos para el servicio de los Frayles, y dè cuenta de ello el casero: y de esto tenga especial cuydado el Beneficiado Juan Lopez..."

El Conde deja 32 hijos en total, 15 de sus dos matrimonios y el resto naturales y bastardos.

Con Isabel Fajardo, su primera mujer tuvo: Pedro, IV Conde de Paredes, Juan , Rodrigo, Leonor, Luisa, Isabel, Mencia, Maria (estos son los que declara como legítimos y herederos en su testamento). Su segunda mujer fue Ana de Jaen, luego llamada Manrique, natural de Villapalacios, criada de su casa e hija de Pedro Lopez y Mari Sanchez Ballesteros. Sus hijos fueron: Benardino; Capellan Mayor de Carlos V y Dean de Granada, Julian, Juan, Rafael; Conde de Burgo-Loveçar, señor de Villaverde, Juana, esposa de Gerónimo de Aliaga. Hijos naturales declarados en testamento: Marina, Francisca, Aldonza, Geronimo, Margarida, Luis, Luisa, Alonso.

Alcaraz reclama las villas de Riopar y Cotillas al entender que acababa el plazo de las "dos vidas". En esta fecha Carlos I y Doña Juana conceden la devolución a Alcaraz siempre que esta pagase al Conde ciertos gastos.

Pedro Manrique, IV C. de P., hereda el título de la Casa y Mayorazgo.

En su testamento menciona que

"...el debate de està entre mi, y esta mi Villa de Villa-Palacios, del Molino, è Horno, si yo no lo aclarare, ò dexare aclarado en mi vida, que sea aclarado por D. Pedro mi hijo, al qual encargo la conciencia, para que tanto que no se aclarare, no les pueda subir, ni pujar las rentas, de lo que al tiempo de mi muerte estovieren..."

Pedro Manrique pide un informe sobre el patrimonio en el señorío. Sólo conservamos el referido a Villapalacios, en el documento denominado: "El Apeo y deslinde desta villa hecho a pedimento de D. Pedro Manrique en el año 1536". Curiosamente en el informe aparecen relatadas las posesiones en el mismo orden que en el testamento de Leonor de Acuña, II Condesa de Paredes elaborado en 1501, y a él remitimos.

1539
El 18 de mayo, el IV Conde de Paredes muere en su palacio de la villa de Paredes, donde residió la mayor parte del tiempo de los tres años que gozó el Condado y Mayorazgo. A diferencia de sus predecesores, tuvo su residencia habitual entre sus vasallos y no alejado por motivo de las guerras. Se casó con Inés Manrique y tuvieron nueve hijos, dos varones y siete hembras. Sucedió en el título Antonio, aunque su hermano Francisco había nacido en el mismo parto, pero un cuarto de hora más tarde en Paredes.

1541
El 11 de abril, una escritura dada en Villapalacios por la que Antonio, hijo mayor de Pedro llega a la mayoría de edad. En esta fecha Antonio da el finiquito a su madre, tras dos años de tutoría de su persona y de sus bienes. En este año se casa con su prima hermana, Ana Manrique de Luna, hija mayor del III marqués de Aguilar, Juan Fernández Manrique.

1542
El 6 de enero muere la Condesa Ana Manrique de Luna, sin descendencia en Tordesillas. Se manda enterrar en el Monasterio de Trianos, de la Orden de Santo Domingo, junto a su madre (no hay mención alguna a las cinco villas).

El 9 de julio se hacen las capitulaciones del matrimonio del Conde con Guiomar Manrique de Cardona, hija de Antonio Manrique de Lara, II Duque de Nájera, Conde de Treviño.

1543
El 28 de julio durante el parto de su primera hija Inés, la Condesa Guiomar Manrique muere, tras hacer testamento


...estando sana de cuerpo, y del entendedimiento, tal, qual Dios me lo quiso dar, mas estando en dias de parir, y temiéndome de la muerte, que es cosa natural...

Manda que la entierren donde dispongan su marido y hermano, que se haga con el hábito de San Francisco.

El Conde vuelve a casarse por tercera vez, con Francisca de Rojas y Sandoval, prima hermana de su primera mujer. No sabemos en que fecha, pero si antes que se pactara el matrimonio de su hija Inés en 1553.

Antonio Manrique insistió siempre en que el Estado, Casa y Mayorazgo de Paredes se conservara en todo momento separado, y no agregado ni unido a otro alguno, de tal forma que el que sucediera en la casa había de usar como título principal el de Conde de Paredes.

1545
Antonio Manrique ajusta el casamiento de su hermana Juana con una dote de 4.000 ducados de sus propios bienes.

1552
Muerte de la Condesa Inés Manrique, esposa de Pedro Manrique, IV Conde de Paredes.

1553
El 30 de abril Antonio Manrique capitula el matrimonio de su única hija Inés con Enrique Manrique, su primo hermano, hijo segundo de los duques de Najera. Estos pactos favorables de los intereses del Conde estipulaban entre otras cosas que usarían siempre su apellido y armas. Obliga a su hija satisfacer a Francisca, su tercera mujer, su dote y darle 400 ducados cada año para sus alimentos. Estas capitulaciones se volvieron a repetir en 1556.

1558
El 19 de julio, Ana Manrique, segunda esposa del III Conde de Paredes hace testamento. En ella, la Comendadora de Santiago, enferma en la cama en Villapalacios, manda que sea

"...enterrada en el Monesterio de Santa Maria de Corpus Christi, en la Villa-Verde de Amas Aguas, de la Orden de los Menores, y sea puesto en la Iglesia, y Capilla del dicho Monesterio, en la parte que al Guardian, è Frayles del dicho Monesterio, que agora son, ò fueren, juntamente con el parecer de mis hijos legitimos, que al presente tengo, è de dicho Conde Don Rodrigo Manrique, mi Señor...Manda que la entierren con su hábito blanco de Santiago, y con las ceremonias que la Orden dispone.. Manda que se venda lo necesario para los gastos de su entierro, misas, novena y cabo de año. Declara sus hijos legítimos. Los vivos, Bernaldino, Rafel y Juana, y Bernaldino, muerto en Paredes, Julian, muerto en Villapalacios y enterrado en Villaverde, Juan, enterrado en Villapalacios, muertos en vida del Conde. Declara que durante su matrimonio, se multiplicaron y ganaron muchas haciendas, y ganados, assi de los que ella tenia antes que casasse, como los que despues compraron juntos, en los quales la pertenecian la mitad, como de un molino, colmenar, y otras cosas que tambien se grangearon. Y de esto, y de lo que ella llevò al matrimonio, fue desposeida por Letrados, y Mayordomos de la Casa de Paredes, desde el dia de San Antonio, 6 de Enero del año 1536 en que el conde falleciò, y ella quedò viuda, sola, y desfavorecida, con sus hijos chiquitos, y en tierra del mismo Estado, sin quererla oir de jusitica, ni darla testimonio de que no se le administrava, para poder acudir a su Magestad: lo qual declarava para que sus hijos solicitssen, que la Casa de Paredes pagasse estos creditos, y las manda que el conde su Señor la hizo, y à ellos en su testamento, que tampoco le avian sido pagadas. ...otorgó cerrado el Villa-Palacios, tierra del muy ilustre Señor Don Antonio Manrique, Conde de Paredes, a 19 de julio de 1558..."

Entre los testigos, Diego de Cardenas, alcaide de la fortaleza de Villapalacios, su yerno Jerónimo de Aliaga y un hermano de éste.

1566
El 20 de marzo el consejo dicta sentencia de Revista en Madrid, ordenando a Alcaraz a que dejase y consintiese al Conde ejercer la jurisdicción civil y criminal en sus villas hasta donde están puestas las horcas y fuera de ellas una jurisdicción criminal compartida entre las dos partes. El 22 de abril Alcaraz realiza una nueva reclamación, pidiendo una revisión de la sentencia, argumentando que las villas no tenían términos decimales:

"...el dicho conde ni las justicias por el puestas en las dichas villas, ni los alcaldes hordinarios della tener juridicion alguna civil ni criminal sino solamente de las goteras adentro... porque la dicha sentencia presuponía tener términos decimales las dichas villas, nunca jamas abiendolo abido provado..."

1567
El 20 de agosto se dio Sentencia en grado de segunda suplicación. Grado de mil y quinientos, por ser el número de doblas para depositar. Confirma la sentencia anterior.

Agregación al patrimonio de la Corona de las salinas de Villaverde que formaban parte del Mayorazgo de Paredes, por orden de Felipe II, siendo titular el V Conde de Paredes, don Antonio (es una orden general para todas las salinas, para que todos pudieran comer y gastar la sal que quisiesen sin tener pena). El rey recompensó al conde con 170.000 maravedis libres de renta perpetua, libres de todo censo y tributo, por juro de heredad por siempre jamas en lugar de lo que rentarían y valían las salinas.

1568
Se realiza el deslinde y amojonamiento de los términos de las villas. En Villapalacios se llevó a cabo la medición de ladistancia existente entre la horca y la primera casa del pueblo y después colocaron mojones, a la misma distancia, en todo el contorno del término. De las horcas hacia dentro, sólo el Conde tenía jurisdicción civil y criminal. Fuera de esta zona la jurisdicción civil es de la ciudad y la criminal del Conde y la ciudad. Las penas de cámara las cobran, por mitad, la ciudad y el Conde. También se llevó a cabo el deslinde entre las villas y la ciudad.

La ciudad de Alcaraz aceptó la sentencia de 1567, y sólo ejerció la jurisdicción fuera de las horcas y no hasta las tejas, pero los caballeros de sierra de Alcaraz hacían mal uso de su autoridad, ya que en documentos de Villapalacios de los años 1585, 1586, 1597, 1601 y 1626 los alcaldes de las cinco villas se reunieron en la cabeza del señorío para protestar y solicitar que las denuncias efectuadas por los caballeros de sierra fueran llevadas a cada una de las villas y no a la ciudad, ya que el Corregidor se excedía en las penas dictadas a los vecinos.

1570
El mes de mayo el Conde Antonio Manrique se siente enfermo y hace testamento, disponiendo que su cuerpo sea sepultado en la capilla mayor de San Francisco de Paredes e instituye como heredera universal a su hija Inés y a ella y a su marido pidiendo que cumplan las capitulaciones de su matrimonio.

1571
Muerte de Antonio Manrique, V Conde de Paredes.

1574
Muerte de Don Enrique, marido de Doña Inés y VI Condesa de Paredes.

1575
Felipe II concede a Alcaraz un Real Privilegio en el que reconociendo que ha pasado el plazo de las dos vidas, las villas de Riopar y Cotillas han de pasar a la jurisdicción de ciudad, con la condición de indemnizar al Conde. La cantidad a pagar según estimó el licenciado Bracamonte era de un millón novecientos cincuenta mil maravedíes que tendrán que abonarse a Inés Manrique. Tras el pago Alcaraz recibiría las fortalezas y villas con todos los privilegios, a excepción de las alcabalas y tercias que pasarían a la Real Hacienda. Alcaraz nunca pagó tal cantidad y continuaron bajo el señorío hasta el siglo XIX. Alcaraz intentó recuperarlas pues se consideraba laúnica dueña legal de las dehesas de las villas, diciendo que el conde tenía poder de tejas adentro, como pasó con las otras tres villas.

1576
Inicio del pleito interpuesto por don Francisco Manrique, hermano de Antonio Manrique, V Conde de Paredes, contra su sobrina Inés, por la sucesión de la Casa. Francisco que había nacido en el mismo parto, un cuarto de hora más tarde que su hermano, se consideraba su derecho de sucesión. El era biznieto de los II Condes, que dispusieron que habiendo varones descendientes suyos, no pudieran heredar su Casa y Mayorazgo, las hembras. Como su hermano no dejara descendencia varonil, sólo a él le correspondía la sucesión. Inés se defiende alegando que la disposición de don Pedro Manrique y Doña Leonor de Acuña, no se entendía así, sino que era en línea recta, de manera que entre los descendientes de los mismos padres, o entre los hermanos, fueran preferidos los varones a las hembras, y como ella no había tenido ningún hermano varón a ella iba la sucesión, por no haber otro en línea recta.

Este mismo año, el rey Felipe II elige a Francisca de Rojas, tercera esposa de Antonio Manrique, V Conde de Paredes, para que fuera Camarera mayor de la reina Doña Ana y con ella estaba con ella cuando murió en Badajoz, el 26 de octubre de 1580. Francisca fue la encargada de llevar el cadáver hasta San Lorenzo de Escorial.

1578
Se firman las escrituras del Patronato del Monasterio de San Francisco de Villaverde. Felipe II manda realizar una relaciones topográficas de su reino, con todos su pueblos.

1579
Inés Manrique pacta con su tío Francisco Manrique sobre la sucesión en la Casa.

El pleito no llevaba camino de solución cuando don Francisco, que no tenía inclinación al matrimonio, y de no casarse no podía quedar su sucesión en sus descendiente, aunque ganase el pleito, pensó en dejarlo y acordar con Inés y don Antonio, su hijo, cediendo todos los derechos que pudiera tener y tuviera a la sucesión con tal que le señalaran una renta anual de 1.000 ducados de por vida, y después de su muerte dieran 600 ducados vitalicios a las personas que el designase por testamento.

1583
Muerte de Doña Inés Manrique, el 29 de octubre, dejando nueve hijos, de los cuales sucede Antonio en la Casa (VII Conde de Paredes.

Pleito interpuesto por don Bernardino, hijo natural del III Conde de Paredes por la sucesión de la Casa.

1585
L
os alcaldes de las Cinco Villas se reunen en Villapalacios para protestar y solicitar que las denuncias de los caballeros de sierra de Alcaraz fueran llevadas a cada una de las villas y no a la ciudad ya que el Corregidor se excedía en las penas a los vecinos de estas villas. esto se vuelve a repetir en los años 1586, 1597, 1601 y 1626.

1587
El 11 de marzo fallece Magdalena Manrique, condesa de Deleytosa, hija del III Conde de Paredes. Se abre su testamento y en él, pide que sea enterrada en la Capilla Mayor del Monasterio de la Misericordia, de la Orden de San Francisco de Paredes de Nava. Ordena que en San Francisco de Villaverde, donde están enterrados sus padres, se digan cinco misas de requiem, cantadas y cien misas rezadas por su hermano (no dice cual). Manda la casa que había edificado, y en que vivía, al dicho Monasterio de San Francisco, para que se sirviese de ella.

1588
El 28 de julio muere Antonio Manrique con la Armada Invencible, sin dejar descendencia. Le sucede su hermano don Pedro Manrique de Laracomo VIII Conde de Paredes, con la aprobación de Felipe II, que le dió la encomienda de las asas de Plasencia, vacía por la muerte de su hermano, Antonio, y recibe el hábito de la Orden de Calatrava.

El 15 de noviembre, Juana Manrique, hija del III Conde de Paredes, hace testamento en Villapalacios.

... Se manda enterrar en su Capilla de la Iglesia de Villapalacios, y sino en la sepultura de su marido, para pasarla de allí a la dicha Capilla... Su Capilla debía ser de la advocación de la Encarnacion, una fiesta perpetua el dia que tal iglesia celebra este Misterio...Y en ella quiero que se gaste n4 µ 500 mrs. cada año... Su Capilla debia ser la colateral de llado del Evangelio, y en ella se pusiesen Sacristia, Coro, Reja y Retablo, con sus Armas y las de su marido, y para la fabrica de la Iglesia, por la licencia de hacer la dicha Capilla dexa 2 µ maravedia de renta y a la fabrica de la Capilla señala los otros 2 µ maravedis y parala cera ylalamparadeellaseñal a 6 µ maravedis de renta, Quiere que estando acabada trasladen a ella su cuerpo y el del Capitan Gerónimo Aliaga, su Señor marido. Funda dos Capellanias perpetuas en la dicha Capilla, con obligación de doce Missas cada semana por su alma, la de su marido y padres, y abuelos de ambos, con Responso sobre su sepultura, y de ayudas al Cura y Beneficiado de la dicha Iglesia a cantos y celebrar los Oficios Divinos en los dias festivos y asistir a las Procesiones, quiere que los Capellanes, no sean curas ni Beneficiados de otras Iglesias, para que mejor pudieran servir sus Capellanias, y que los nombre el Patron que ella eligiera, siendo Clerigos de Missa, de buena vida, y constumbres, limpia generacion, y letrados, graduados a lo menos de Bachiller en Theulogia, Canones y Leyes, por una de las Universidades de Salamanca, Valladolid, Alcalá o Toledo, y que si hibiera Clerigo "dando" suyo o del Patron, sea n preferidos. Señala 200 ducados de renta a cada uno de los dichos Capellanes y 1 µ maravedis al Sacristan de la iglesia, porque cuidas de la Capilla y para esto, y la renta de la fabrica asigna un juro de 153 µ mrs.de renta, que tenia porPrivilegio de su magestad sobr elas Alcavalas de Avila ...

1590
Ordenanzas Municipales de Villapalacios, donde se realiza un análisis pormenorizado de la vida municipal de la cabeza del Señorío. El traslado y renovación de estas ordenanzas fue confeccionado por los alcaldes ordinarios y los regidores, junto a dos diputados del Concejo, y fueron aprobadas por el Conde de Paredes. Constan de sesenta y siete folios, y establece las directricas de la estructura administrativa del Concejo, vecindario, fiscalidad, urbanismo, abastecimiento, normas de aprovechamiento de dehesas comunales y de protección de la propiedad privada, también se regula todo lo referente a transacciones comerciales.

1591
El 22 de junio Pedro Manrique, VIII Conde de Paredes, dió en recompensa a Rafael Manrique de Lara, I Conde de Alburco-Labeçar, -quinto hijo del III Conde de Paredes, la villa de Villaverde, con su jurisdicción, términos, escribanías y hornos, el patronato del convento de San Francisco y 200 ducados de renta anual. Rafael volvió de Italia, donde era gobernador de Cremona por concesión de Felipe II, para reclamar la posesión del Condado y Mayorazgo de Paredes, tras la muerte del VII conde, al ser nieto legítimo de Pedro y Leonor de Acuña. Con este acuerdo Rafael renuncia para sí y sus descendientes a toda opción sobre el Condado. El contrato fue aprobado por Felipe II.

1594
El Conde no sólo accedió a lo establecido por el contrato sino que dio a don Rafael las alcabalas de Villaverde que a él habían reservado, como consta en una escritura fechada en Madrid el 18 de mayo. Felipe III varió la concesión de Encomienda dándole la de la Magdalena, en la orden de Alcántara, dejando la de Calatrava.

A Rafael le sucedió su hijo Jorge Manrique de Lara y a éste, en 1619, su hermana Hipólita Manrique de Lara, quién el año 1621 dio nuevamente el poder al Conde de Paredes, Inés Manrique, X Condesa de Paredes, para tomar posesión de Villaverde, hasta el 1710.

 

 

 

 

 

 

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